Autoestimación del avalúo catastral

AVISO

 

El tramite de autoestimación del avaluó catastral es el derecho que tiene el propietario, poseedor u ocupante de predios de presentar antes del 30 de junio de cada año ante el gestor catastral, la autoestimación del avalúo catastral. En los municipios donde no hubiere oficina de catastro o donde el gestor no tenga presencia, su presentación se hará ante la Secretaria de Hacienda o quien haga sus veces en el respectivo municipio o a través de los canales virtuales dispuestos por cada gestor.

 

 

 

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Fecha de publicación 29/06/2022
Última modificación 13/07/2022