Impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares de origen nacional
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Dependencia:
Secretaría de Hacienda
Declaración y pago que todo productor de licores, vinos, aperitivos y similares debe realizar, siendo también solidariamente responsables directos, los transportadores y expendedores al detal, cuando no puedan justificar debidamente la procedencia de los productos que transportan o expenden, en la jurisdicción. El impuesto se causa en el momento en que el productor los entrega en fábrica o en planta para su distribución, venta o permuta en el país, o para publicidad, promoción, donación, comisión o los destina a autoconsumo.
Impuestos
Dirección de dependencia:
Dirección de Rentas – Taquilla de impoconsumo Gobernación de Antioquia
Hora de atención:
Lunes a Viernes: 8:00 A.M. a 11:45 A.M. y de 1:30 P.M. a 5:00 P.M.
Tiempo de respuesta: 2 días hábiles.
Requiere Pago: Si
Costo:
Tarifa del 2% del precio neto de venta por unidad de licores, vinos, aperitivos y similares consumidos en el departamento de Antioquia (Estampilla Universidad de Antioquia). Según avalúo o liquidación.
- Estar inscrito como contribuyente del impuesto al consumo ante la Secretaría de Hacienda Departamental o Distrital
- Haber causado el impuesto y/o participación
- Formulario Estampilla Universidad de Antioquia
- Tornaguía de movilización, tránsito o reenvío en caso de que aplique
- Haber realizado registro de firma digital y enrolamiento en la plataforma conforme a requisitos definidos en la Circular 2020090000334
Anotaciones
Nota:
Señor ciudadano si usted desea hacer este trámite presencial deberá llevar la documentación solicitada físicamente Dirección de Rentas – Taquilla de impoconsumo Gobernación de Antioquia .