Autorización de documentos sujetos a registro de instrumentos públicos de inmuebles gravados por valorización
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Paso 2 - Hago mi solicitud
Se conoce como: Autorización para el registro de escrituras pública
Dependencia:
Secretaría de Infraestructura
Obtener la aprobación mediante la cual se autoriza al Registrador de Instrumentos Públicos que corresponda, el registro de escrituras públicas, adjudicaciones en juicios de sucesión o divisorios y diligencias de remate, y cualquier otro tramite que este sujeto a registro; sobre inmuebles afectados por el gravamen de valorización, siempre y cuando no haya sido cancelado en su totalidad. Este permiso lo solicita el contribuyente, debe tener en cuenta que la escritura pública debe contener nota alusiva al gravamen de valorización Departamental.
Tipos de ayuda:
ManualValorización
Dirección de dependencia:
Cll 42B # 52 - 106 C.A.D. José María Córdoba
Tel: (57) (604) 4099000
Hora de atención:
Lunes a Jueves de 7:30 a.m. a 12:00 m. y de 1:30 p.m. a 5:15 p.m. Viernes de 7:30 a.m. a 12:00 m. y de 1:30 p.m. a 4:00 p.m.
Tiempo de respuesta: 10 días
Requiere Pago: No
Costo:
No tiene Costo.
1- Demostrar la existencia del gravamen de valorización sobre el predio o predios respectivos.
2- Debe existir petición por escrito del otorgante o adquirente.
Formato Autorización para el registro de escrituras pública
Anotaciones
Enviar documentacion al correo gestiondocumental@antioquia.gov.co
Medio para seguimiento del usuario
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