Reconocimiento de personería jurídica de fundaciones, corporaciones y/o asociaciones de utilidad común y/o sin ánimo de lucro
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Trámite
PresencialDependencia:
Secretaría General
Resolución donde se reconoce personería jurídica a la entidad.
Asuntos Legales
Dirección de dependencia:
Calle 42B 52-106 Gobernación de Antioquia, PISO 10 OFICINA 1014 taquilla 1
Hora de atención:
Lunes a viernes de 8:00 am a 11:45 am y de 1:30 pm a 5:00 pm.
Tiempo de respuesta: 30 días.
Requiere Pago: Si
Costo:
- $ 55.520 Costo del Trámite
- $ 130.207 Publicación en la Gaceta Departamental por cada página
Entidad recaudadora | Tipo de cuenta | Número de cuenta | Nombre de cuenta |
BBVA | Ahorros | 29901041 | Encargo Fiduciario Departamento de Antioquia |
Banco Agrario | Ahorros | 13037020480 | Encargo Fiduciario Departamento de Antioquia |
Banco Popular | Ahorros | 191721042 | Encargo Fiduciario Departamento de Antioquia |
- Solicitud de inscripción Personería Jurídica, firmada por el representante legal
- Debe contener la siguiente información:
- Fecha de la solicitud
- Nombre, domicilio, dirección y teléfono de la entidad
- Nombres, apellidos, número del documento de identidad del Representación Legal de la entidad, su dirección y teléfono
- Debe contener la siguiente información:
- Acta de constitución aprobada y firmada por el Presidente y Secretario de la reunión
- Debe contener la siguiente información como mínimo:
- Decisión de constituir la entidad
- Elección o designación del representante legal y de los demás dignatarios
- Aprobación de los estatutos
- Debe contener la siguiente información como mínimo:
- Estatutos de la entidad adoptados en la reunión de constitución firmados por el Presidente y Secretario de la reunión de constitución
- Deben contener al menos la siguiente información:
- Nombre de la entidad, con su denominación jurídica según su naturaleza: Asociación, Corporación, Fundación o Institución de Utilidad Común y sigla si es del caso
- Domicilio
- Duración
- Objeto o finalidad de la entidad, indicando expresamente que es una Entidad Sin Ánimo de Lucro
- Órganos de Administración, su composición, modo de elección o designación, funciones y quórum deliberatorio y decisorio
- Funciones del Representación Legal
- Funciones del Revisor Fiscal. En el caso de las Fundaciones o Instituciones de Utilidad Común, debe ser Contador Público Titulado con matrícula profesional
- Patrimonio y disposiciones para su conformación y administración
- Disposiciones sobre disolución, liquidación y destinación del remanente de los bienes a una Institución de Utilidad Común o carente del ánimo de lucro que persiga fines similares.
- Si es una Fundación o Institución de Utilidad Común
- Acredite la efectividad del patrimonio inicial, suscrita por el Representación Legal y el Revisor Fiscal de la entidad.
- Si la solicitud se hace mediante apoderado:
- Anexar Poder amplio y suficiente concedido por el Representante Legal
- Deben contener al menos la siguiente información: