Cesantía definitiva para docentes oficiales
Encuentra los trámites de la autoridad.
Buscar
Filtrar por:
- Tipo de gestión
- Estado automatización
- Costo
- Dependencias
-
- Secretaría de Educación
- Secretaría de Hacienda
- Secretaría de Participación y Cultura Ciudadana
- Secretaría de Minas
- Secretaría Seccional de Salud y Protección Social
- Gerencia de Catastro
- Secretaría General
- Secretaría de asuntos institucionales, Paz y Noviolencia
- Secretaría de Gestión Humana y Desarrollo Organizacional
- Secretaría de Infraestructura
- Gerencia de Seguridad Vial
- Públicos
- Temáticas
- Tipo de trámite
Paso 2 - Hago mi solicitud
Dependencia:
Secretaría de Educación
Obtener el reconocimiento y pago de las cesantías definitivas que tiene todo docente que se retire en forma definitiva del servicio.
Tipos de ayuda:
ManualEducación
Dirección de dependencia:
Se reúnen los documentos y se llevan al piso 4 de la Secretaria de Educación.
Hora de atención:
Horario: Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 11:30 m. y de 2:00 p.m. a 4:30 p.m.
TEL: (604) 4099000, 3834111, 3838593- 018000419000
Lugar de pago: Información del medio de pago: Entidad recaudadora Tipo de cuenta Nombre de cuenta Número de cuenta Banco Popular Ahorros Tesorería General del Departamento 191001452 Aplica para: Ciudadano
Tiempo de respuesta: 2 mes(es)
Requiere Pago: Si
Costo:
Descripción del pago:
Descripción | Tipo moneda | Tipo valor | Valor |
---|---|---|---|
Costo de certificados | Pesos ($) | Fijo | 6,400 |
Información del medio de pago:
- En entidad bancaria:
Entidad recaudadora | Tipo de cuenta | Nombre de cuenta | Número de cuenta | Código de recaudo o referencia |
---|---|---|---|---|
Banco Popular | Ahorros | Tesorería General del Departamento | 191001452 |
Aplica para: Ciudadano
1. Reunir los documentos y cumplir con las condiciones necesarias para realizar el trámite
Formato de solicitud de cesantía definitiva (SUIT–1548-N20). Formulario disponible para ser: Descargable: . Reclamar de forma presencial: En los puntos de atención indicados por la institución: http://tramites1.suit.gov.co/registro-web/faces/publico/ver_ptos_atencion.jsf?T=R&N=1963572&_adf.ctrl-state=cplp2q4b3_23
Aplica para: Ciudadano, Extranjeros
Cédula de ciudadanía : 1 fotocopia(s). Anotaciones adicionales: Del docente, esta deberá ser legible y ampliada. Ampliada al 150, legible.. Aplica para: Ciudadano
Cédula de extranjería: 1 fotocopia(s). Anotaciones adicionales: Del docente, esta deberá ser legible y ampliada. Ampliada al 150, legible.. Aplica para: Extranjeros
Acto administrativo de retiro definitivo del servicio docente: 1 copia(s). Anotaciones adicionales: Donde se indique la fecha de efectos fiscales. Y fotocopia de la notificacion del acto administrativo. Aplica para: Ciudadano, Extranjeros
Certificado de la entidad que cancelaba las cesantías antes de la creación del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio – FNPSM sobre anticipos pagados: 1 original(es). Anotaciones adicionales: En el que conste los anticipos cancelados o en su defecto certificado de no pago, excepto para los docentes del régimen nacional. Aplica para: Ciudadano, Extranjeros
Paz y salvo expedido por la pagaduría de la entidad empleadora sobre cancelación de pagos y deudas: 1 original(es). Anotaciones adicionales: Y certificado de último pago expedido por la oficina de Nómina de la Secretaría de Educación y paz y salvo de Tesorería General del Departamento, expedido por la Secretaría de Hacienda.. Aplica para: Ciudadano, Extranjeros
Verificación institución: Cumplir con el tiempo de servicio requerido. Aplica para: Ciudadano, Extranjeros. Nota: para cumplir con esta acción no debe adjuntar ningún soporte. La institución verificará que usted cumpla con lo que se solicita.
Verificación institución: Haber realizado los aportes de ley al fondo del magisterio. Aplica para: Ciudadano, Extranjeros. Nota: para cumplir con esta acción no debe adjuntar ningún soporte. La institución verificará que usted cumpla con lo que se solicita.
Certificado de tiempo de servicio: 1 original(es). Anotaciones adicionales: Este documento no puede tener más de tres meses de expedido a la fecha de la radicación de la solicitud ante el Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio.. Aplica para: Ciudadano, Extranjeros
Excepción 1: Para docentes nacionales con régimen nacional: Reporte anual de las cesantías de 1990 en adelante o reporte desde la fecha de posesión: 1 copia(s). Anotaciones adicionales: Se debe anexar extracto de cesantías que se baja de la página https://www.fomag.gov.co/. Aplica para: Ciudadano, Extranjeros Certificado actualizado de la deuda o en su defecto el paz y salvo del Fondo Nacional del Ahorro: 1 original(es). Anotaciones adicionales: En caso de que las cesantías estén pignoradas al Fondo Nacional del Ahorro. Aplica para: Ciudadano, Extranjeros Excepción 2: Para los docentes nacionales y los vinculados a partir del 1 de enero de 1991: Paz y salvo del Fondo Nacional del Ahorro: 1 original(es). Anotaciones adicionales: Aplica para los docentes vinculados en colegios nacionales antes del 1 de enero de 1990. Aplica para: Ciudadano, Extranjeros 2. Realizar pago 3. Radicar los documentos requeridos, los cuales debe ser presentados en carpeta tamaño oficio, debidamente legajados en el mismo orden en que se relacionan en el formulario Web: Humano en línea: https://rrhh.gestionsecretariasdeeducacion.gov.co/humanoEL/Ingresar.aspx?Ent=Antioquia Presencial: http://tramites1.suit.gov.co/registro-web/faces/publico/ver_ptos_atencion.jsf?T=R&N=1963585&_adf.ctrl-state=cplp2q4b3_19Anotaciones
Él código empleado será igual a la cedula del docente.
Información del resultado final
Nombre del resultado | Reconocimiento de las cesantías definitivas | |||||
Tiempo de obtención |
|
|||||
¿Tiene observaciones y excepciones al tiempo de obtención? | ARTÍCULO17. Peticiones incompletas y desistimiento tácito. En virtud del principio de eficacia, cuando la autoridad constate que una petición ya radicada está incompleta o que el peticionario deba realizar una gestión de trámite a su cargo, necesaria para adoptar una decisión de fondo, y que la actuación pueda continuar sin oponerse a la ley, requerirá al peticionario dentro de los diez 10 días siguientes a la fecha de radicación para que la complete en el término máximo de un (1) mes. Ley 1755 | |||||
Medio por donde se obtiene el resultado |
|
- Seleccione el(los) canal(es)
|